La nueva Ley General de Desarrollo Forestal sustentable establece cambios estructurales que impactarán en las políticas públicas de gestión, supervisión, inspección y vigilancia, tendentes a la preservación de los terrenos forestales. Dicha ley se vincula con las diversas modificaciones que se han realizado en otras disposiciones legales en materia de conservación, desarrollo económico, social y cambio climático.
Entre los principales cambios está el modificar algunas facultades antes atribuidas a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a fin de que sean asumidas por la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), y con ello se contribuya a brindar una atención más eficaz, rápida y directa durante los procedimientos administrativos en los que se otorgan las autorizaciones y avisos para realizar los aprovechamientos y otras actividades forestales.
También establece una serie de instrumentos para aumentar la productividad y diversificación de los productos maderables y no maderables; así como impulsar la certificación de cadenas productivas, de manera que contribuyan al desarrollo económico de las personas, ejidos y comunidades que habitan en los bosques.
Finalmente, establece incentivos para la conservación sustentable de los recursos maderables, fomentando la implantación de nuevas tecnologías y técnicas que permitan una mayor productividad, con la finalidad de impulsar el desarrollo forestal sustentable y facilite la generación de empleos, la ampliación de la oferta de productos maderables y no maderables y una cadena productiva forestal integral.
Por ello la conveniencia de que el industrial conozca, planifique y ejecute los instrumentos legales existentes, que faciliten la socialización de los proyectos, a fin de asegurar, por una parte, el cumplimiento irrestricto de la ley en materia de autorizaciones, sus términos y condicionantes; así como proveer entornos estables en cuanto a los convenios de ocupación territorial temporal se refiere.
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